Libertad Anticipada En Virginia
Libertad Anticipada En Virginia
Virginia Aprueba Una Ley Para Excarcelar: Condiciones Y Excepciones
En respuesta a COVID-19, Virginia aprobó una ley que permite la puesta en libertad de personas bajo custodia del Departamento de Instituciones Penitenciarias (DOC). Aunque esta enmienda presupuestaria permite liberar a más personas del DOC durante la pandemia, no es necesariamente todo lo que los medios de comunicación dan a entender. ¿Qué hace exactamente?
Esta nueva ley otorga al Director de Instituciones Penitenciarias la autoridad para poner en libertad o en un nivel de supervisión inferior a cualquier persona a la que le quede menos de un año de condena por cumplir, pero sólo si el Director determina que (1) la puesta en libertad «contribuirá a mantener la salud, la seguridad y el bienestar» de la persona puesta en libertad o de las demás personas en las prisiones estatales, Y (2) la puesta en libertad es «compatible con los intereses de la sociedad y la seguridad pública»[i].
Esencialmente, el Director de Instituciones Penitenciarias tiene el control total sobre quién será puesto en libertad y quién no, pero el Director ha emitido al menos nuevas orientaciones sobre la forma en que esta legislación será aplicada por el DOC. El «Plan de liberación anticipada» del Director establece limitaciones, condiciones y prioridades específicas en cuanto a quién será liberado.
Antes de que el plan aborde esos aspectos específicos, afirma que el DOC dispone de los recursos necesarios para proteger a su población del virus, a pesar de que el DOC ya ha informado de numerosos casos confirmados, así como de muertes por COVID-19 en instalaciones del DOC de Virginia.
El Plan De Libertad Anticipada Establece Los Siguientes Criterios Para La Excarcelación:
- La fecha de publicación debe calcularse y verificarse.
- Se tendrá en cuenta el estado de salud de la persona.
- La consideración se basará en la gravedad de la infracción actual de la siguiente manera:
- Sin violencia
- Delitos de armas
- Homicidio involuntario
- Homicidio voluntario
- Robo
- Delito de agresión
- Secuestro
- Asesinato
- Delito sexual
- La persona debe tener un plan de hogar aprobado y documentado.
- Nivel actual de obtención de buenos tiempos de I o II.
- No hay detenciones activas.
- Ningún delito subyacente de depredador sexualmente violento.
- Riesgo de reincidencia bajo o medio.
El Plan De Libertad Anticipada Incluye Procedimientos De Aplicación, Planificación De La Reinserción Y Apelación En Relación Con La Aplicación Del Plan
Hasta ahora, pocas personas han sido liberadas en virtud de esta nueva ley, pero la autoridad sigue vigente mientras dure la emergencia de salud pública. Es posible que desee consultar con un abogado de defensa criminal de Virginia si cree que usted o un ser querido puede ser elegible para la liberación en virtud de esta disposición o si desea apelar una decisión adversa en cuanto a la aplicación del plan del Director.
Permítanos proporcionarle asesoramiento, tanto legal como práctico, para ayudarle a proteger a su ser querido tanto como sea posible en circunstancias difíciles como éstas. Póngase en contacto con los abogados de Derecho Criminal en The Irving Law Firm hoy para ayudar a coordinar los servicios para su familia.
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[i] «V.1. No obstante cualquier otra disposición de la ley, tras la declaración por el Gobernador de un estado de emergencia de conformidad con § 44-146.17 del Código de Virginia en respuesta a una enfermedad transmisible de amenaza para la salud pública tal como se define en § 44-146.16 del Código de Virginia, el Director, durante la duración de la emergencia declarada, tendrá la autoridad para (i) alta del encarcelamiento o (ii) colocar en un nivel inferior de supervisión, incluida la supervisión de la libertad condicional, la reclusión electrónica domiciliaria u otras formas de correcciones comunitarias, a cualquier recluso internado en el Departamento al que le quede menos de un año de condena por cumplir antes de su puesta en libertad programada si el Director determina que (a) cualquier alta o colocación durante la emergencia declarada ayudará a mantener la salud, la seguridad y el bienestar de cualquier preso dado de alta o colocado o de los presos que permanezcan en las instalaciones correccionales estatales y (b) que dicha descarga o colocación sea compatible con los intereses de la sociedad y la seguridad pública.V.2 Las disposiciones de esta sección no se aplicarán a un preso condenado por un delito grave de clase 1 o un delito sexualmente violento según se define en § 37.2-900del Código de Virginia.
V.3 El Director elaborará procedimientos para aplicar las disposiciones de esta sección, que incluirán disposiciones relativas a la planificación de la reincorporación de conformidad con § 53.1-32.2 del Código de Virginia. En la medida de lo posible, el Director cumplirá con todas las disposiciones del Código de Virginia relativas a la notificación de la puesta en libertad de un preso; sin embargo, el incumplimiento de dichas disposiciones de notificación no afectará a la autoridad del Director para poner en libertad a un preso de conformidad con esta sección.
V.4Las disposiciones de la presente sección expirarán el 1 de julio de 2021.»